Carnota, ao igual que toda a Comunidade Autónoma de Galicia, entra hoxe, 15 de xuño, na nova normalidade. Coa superación de todas as fases previstas no Plan para a desescalada das medidas extraordinarias adoptadas para facer fronte á pandemia da COVID-19, quedan sen efecto as medidas derivadas da declaración do estado de alarma adoptadas polo Goberno do Estado e polas súas autoridades competentes delegadas na unidade territorial formada pola Comunidade Autónoma de Galicia.

Mantense a declaración de situación de emerxencia sanitaria efectuada polo Acordo do Consello da Xunta de Galicia do 13 de marzo de 2020.

Esta infografía resume, a grandes trazos, o que se pode facer na nova normalidade:

En cuanto al uso de espacios públicos:

  1. Os monumentos e outros equipamentos culturais serán accesibles para o público sempre que as visitas non superen o setenta e cinco por cento da capacidade permitida, calculada respecto da capacidade prevista no correspondente Plan de autoprotección do inmoble ou recinto para os seus espazos pechados e libres.
  2. Deberán establecerse as medidas necesarias para procurar manter a distancia de seguridade interpersoal nas súas instalacións ou, na súa falta, a utilización de medidas alternativas de protección física con uso de máscara.
  3. As visitas de grupos serán dun máximo de ata vinte e cinco persoas, incluído o monitor ou guía, e deberanse establecer as medidas necesarias para procurar a distancia de seguridade interpersoal durante o desenvolvemento da actividade ou, na súa falta, medidas alternativas de protección física con uso de máscara.
  4. Na medida do posible estableceranse percorridos obrigatorios para separar circulacións ou organizar horarios de visitas para evitar aglomeracións de visitantes e evitar interferencias entre distintos grupos ou visitas. As zonas onde se desenvolvan traballos de mantemento serán acoutadas para evitar interferencias coas actividades de visita.
  5. Ademais do cumprimento xeral das medidas de hixiene e prevención establecidas, no caso de que no establecemento se preste algún tipo de servizo de hostalaría e restauración, a prestación deste axustarase ao previsto nas condicións para a prestación do servizo nos establecementos de hostalaría e restauración.
  1. Los usuarios de las playas deberán hacer un uso responsable de ellas y de sus instalaciones, tanto desde el punto de vista ambiental como sanitario, cumpliendo para eso con las recomendaciones, medidas y normas establecidas por las autoridades sanitarias.
  2. La ocupación máxima en el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que pouedan precisar asistencia, las cuales podrán contar con su acompañante. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos espacios, garantizando siempre su estado de salubridad e higiene.
  3. La situación de los objectos personales, toallas, hamacas y elementos similares se llevará a cabo de forma que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de convivientes.
  4. El Concello podrá establecer limitaciones, tanto de acceso como de capacidad de las playas, con fin de asegurar que se pueda respectar la distancia interpersonal de seguridad entre usuarios. Para eso, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en ellas, así como en el acceso a los aparcamientos, en prol de facilitar el control de la capacidad de las playas. Para los efectos de calcular la capacidad máxima permitida por cada playa, se considera que la superficie de playa que va ocupar cada usuario será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.
  5. El Concello asegurará que se realice una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de las playas, usando para eso substancias que no resulten prejudiciales para el ambiente.
  6. Se le recordará a los usuarios, mediante cartelería visible u otros medios, las normas de higiene y prevención que se deberán observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
  7. Además del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención establecidas, en el caso de que exista algún tipo de actividad de hostelería y restauración que se realice en las playas, incluidas las que se realicen en instalaciones descubiertas, con concesión o autorización de ocupación o aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, la prestación del servicio de hostelería o restauración se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.
  8. Los responsables de negocios de motos acuáticas, hidropedales y de cualquier otro elemento deportivo o de recreo similares deberán cumplir con lo dispuesto en las medidas de higiene y prevención establecidas. Todos los vehículos deberán ser limpiados y desinfectados antes de cada uso y, del mismo modo, las hamacas o cualquier otro objecto de uso rotatorio deberán ser limpiados e desinfectados cuando se cambie de usuario.
En días de mucha afluencia se podrá restringir el acceso a las playas.
  1. Los parques infantiles, parques biosaludables, zonas deportivas, pistas skate o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos al público siempre que en ellos se respecte una capacidad máxima estimada de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto.
  2. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física.
  3. Deberán aplicarse las medidas de higiene y prevención establecidas, especialmente en lo que se refiere a proceder diariamente a la limpieza y desinfección de estos espacios en las áreas de contacto de las zonas comunes, tales como juegos de las zonas infantiles, aparatos de actividad física u otro mobiliario urbano de uso compartido.

Os recordamos la importancia de cumplir, en todo momento, las siguientes medidas higiénicas y de prevención de contagio por COVID-19:

  • Mantener la distancia interpersonal de seguridad de 2 metros cuando estés en cualquier lugar con otras personas.
  • Lavar con frecuencia las manos durante, por lo menos, un minuto.
  • Utilizar la máscara de seguridade.
  • En caso de presentar síntomas propios del COVID-19, debes abandonar este espacio, autoaislarte y llamar al centro de salud o al 900 400 116.

Puedes consultar:

  • El DOG del 12 de junio,  donde se detallan las medidas de prevención necesarias para hacer frente  a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición cara una nueva normalidad.
  • El DOG del 18 de julio, donde se introducen determinadas modificaciones en las medidas de prevención previstas en el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, del 12 de junio de 2020